El convenio regulador es el documento que deben firmar los cónyuges que quieren divorciarse. Se centra principalmente en tres aspectos: para ordenar las consecuencias del procedimiento de separación o de divorcio iniciado y tramitado mediante acuerdo de los cónyuges, en cuyo caso la presentación de la demanda exige necesariamente acompañarse de la propuesta de convenio; puede sustituir a las medidas provisionales estrictamente judiciales para durante la tramitación del pleito de nulidad, separación o divorcio; puede sustituir también los efectos accesorios de las sentencias de nulidad, separación y divorcio que, en otro caso, habría de decidir el juez.
El contenido del Convenio recoge estos aspectos:
1) Cuidados de los hijos y ejercicio de la patria potestad
2) Régimen de visitas
3) Vivienda familiar
4) Cargas del matrimonio
5) Liquidación del régimen económico matrimonial
6) Pensión compensatoria
El convenio requiere en todo caso la aprobación judicial, que se conseguirá salvo si es dañoso para los hijos o gravemente perjudicial para uno de los cónyuges. La denegación de los acuerdos habrá de hacerse mediante resolución motivada y en este caso los cónyuges deben someter a la consideración del juez nueva propuesta para su aprobación. El juez, además de aprobar o denegar, también puede añadir al convenio medidas que garanticen su cumplimiento.